Código de Conducta - FENCA
Las siguientes recomendaciones se establecen como unas indicaciones de los procedimientos que deben adoptar las Asociaciones Nacionales miembros de FENCA. Estas recomendaciones no pretenden ser unas directrices exhaustivas a las asociaciones miembros, sólo establecen unos mínimos que las asociaciones nacionales y sus miembros deberían cumplir. En cualquier caso, cada asociación nacional tendrá su propio código de conducta cuyas directrices pueden exceder lo dispuesto de este código. DIRECTRICES
Las Asociaciones Nacionales y sus miembros deben:
- Trabajar de acuerdo con las leyes y reglas de sus respectivos países
- Cumplir con todas las leyes nacionales y europeas sobre protección de datos
Las Asociaciones Nacionales deben asegurar:
- Que todas las cuestiones a la Asociación sean tramitadas con rapidez y veracidad.
- Que sólo las agencias debidamente acreditadas sean aceptadas en la Asociación
- Que haya un código de conducta para sus miembros y asegurarse de que este código es cumplido por éstos
- Que existan unas reglas básicas para los contactos entre las agencias y sus clientes
- Que las entidades miembros mantengan la confidencialidad sobre toda la información referente a clientes y deudores
- Que exista un procedimiento de queja dentro de las asociaciones para los clientes y deudores y que dichas quejas son investigadas de manera rápida y eficaz